EL PDF DE LA LEY ÓMNIBUS CON LA ÚLTIMA VERSIÓN QUE AUTORIZÓ MILEI: ASÍ ES EL BORRADOR QUE RECIBIERON LOS GOBERNADORES

Consta de 177 páginas. Le da un año de facultades delegadas a Javier Milei. Pide la privatización de doce empresas. Además incluye blanqueo laboral, desregulación Económica y actualizaciones de haberes jubilatorios. 

El gobierno de Javier Milei ya les entregó el borrador de la nueva ley ómnibus a los 23 gobernadores y al Jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri. Fue a través del ministro de Interior, Guillermo Francos. Consta de 177 páginas y entre los puntos más relevantes se observa que le da un año de facultades delegadas al Presidente. Pide la privatización de doce empresas estatales y avanza fuerte contra los trabajadores de la administración pública ya que abre la puerta a despidos masivos, suspensiones sin goce de sueldo, apercibimientos y jubilaciones forzadas. 

«Le estamos entregando una copia durante el día de hoy a todos los gobernadores y también a los jefes de bloque en el Congreso», confirmaron desde Casa Rosada a El Destape sobre el proyecto que además incluye blanqueo laboral, desregulación Económica y cuestiones previsionales.

El Destape accedió al borrador. Son 269 artículos de la nueva «Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos». Se llama igual que la anterior que fue rechazada en Diputados y que Milei ordenó retirar. 

Ya en el primer artículo se le otorga superpoderes al Presidente. «Declárase la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año. Deléganse en el Poder Ejecutivo nacional las facultades dispuestas por la presente ley, vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases aquí establecidas y por el plazo dispuesto en el párrafo precedente», comienza la ley. 

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Luego, el Presidente pide poder liquidar organismos y cuestiones del Estado. Igualmente, quedaron excluidos de la facultad de disolución total las universidades nacionales, el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).

Además, el Poder Ejecutivo pide poder modificar, transformar, unificar, disolver, liquidar o cancelar los fondos fiduciarios públicos. Y propone intervenir, por el plazo previsto en el artículo 1° de la presente ley, los organismos descentralizados, empresas y sociedades. Allí llega el párrafo para las privatizaciones. ¿Qué empresas del Estado? Son doce. Aerolíneas Argentinas, Enarsa (Energía Argentina S.A), RTA (Radio y Televisión Argentina). Esas tres serían privatizaciones totales. En las parciales o transformarlas en concesión están: Aysa, Correo Argentino, Belgrano Cargas, Sofse (Sociedad operadora ferroviaria, Corredores viales y YCRT. 

Asimismo, las empresas que sólo podrán ser privatizadas parcialmente debiendo el Estado Nacional mantener la participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias: Nucleoeléctrica Argentina, Banco Nación (y todas las empresas del Grupo Nación) y Empresa argentina de soluciones satelitales. 

Sobre las jubilaciones, la ley propone actualizarlas mes a mes por IPC pero tomando dos meses anteriores. Y le suma una recomposición del 10% más en abril. O sea que una jubilación de abril tomaría los datos de febrero. 

En el plano laboral, el proyecto pide blanquear trabajadores de la siguiente manera. «Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas», expresa. Para los empleadores habrá retiro de multas y sanciones y condonación de deuda de aportes a trabajadores. 

Y hay un capítulo breve dedicado a la «desregulación económica». Allí el Poder Ejecutivo podrá por un año «disponer la derogación o modificación de regulaciones sobre la actividad económica privada que importen un incremento de sus costos, limiten el ejercicio de la autonomía de la voluntad o provoquen la escasez de bienes y servicios sin justificación de interés público suficiente». Argumentan que es «con el objeto de facilitar la mayor eficiencia y eficacia en el ámbito alcanzado por la regulación de que se trate». 

El Destape

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