DNU: EL AGRADECIMIENTO DE MILEI A UN COMITÉ DE PYMES QUE APOYÓ SU REFORMA LABORAL

El presidente Javier Milei le agradeció hoy al comité de Pymes, Emprendedores y Productores (PEP) por su respaldo a la reforma laboral incluida en el DNU 70/2023 del Gobierno.

Por qué importa.

Los artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia vinculados a la legislación laboral fueron suspendidos a través de una medida cautelar por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo debido a un reclamo de la CGT.

En detalle.

Desde la agrupación empresarial aseguraron que las reformas «brindarán un marco regulatorio más flexible y adaptado a las necesidades de los sectores productivos». A su vez, sostuvieron que «el DNU ordenará los costos laborales para las pymes, permitiendo así la creación de empleo privado de calidad».

Qué es el PEP.

Se trata de un comité conformado por más de 2000 empresarios, emprendedores y productores, que «aboga por un marco regulatorio más flexible y adaptado a las necesidades del sector productivo, cuyo objetivo es fomentar un entorno propicio para el desarrollo, el crecimiento económico y la generación de empleo mediante la multiplicación exponencial de fuentes de trabajo».

La reforma.

Entre los cambios en materia laboral que dispone el Decreto 70/2023 se destacan:

  • La extensión del período de prueba a 8 meses de vigencia.
  • La aparición de nuevas justas causas de despido, relacionadas con la participación en bloqueos o tomas de establecimiento y la afectación a «la libertad de trabajo de quienes no adhieran» a una determinada medida de fuerza.
  • La limitación del derecho a huelga en diversas actividades mediante la declaración de ciertos servicios esenciales y actividades de importancia trascendental.
  • La habilitación a cada sector a negociar de manera individual la indemnización por despidos, lo que habilita la posibilidad de establecer sistemas privados de capitalización y la creación de fondos de desempleo similares a los que hoy existen en la Uocra.
  • La eliminación de los aguinaldos y otros conceptos de pago semestral o anual del cálculo indemnizatorio, lo que en la práctica reduce el importe que percibirán los trabajadores despedidos.
  • La supresión de las dobles indemnizaciones para las relaciones laborales no registradas.
  • La circunscripción de la extensión de la jornada laboral a la negociación paritaria, con el único límite de 12 horas de descanso entre jornada y jornada, lo que habilita a eliminar los regímenes de horas extras y francos compensatorios.
  • La reducción de la obligatoriedad de tomarse los 30 días de licencia por maternidad previos a la fecha de parto para permitir usarlos después del nacimiento del hijo.
  • La creación de un nuevo régimen de monotributo en el que un trabajador independiente puede contar con hasta otros cinco trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo.
  • La eliminación de la presunción de existencia de contrato de trabajo en los casos de prestación de servicios.

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