El Gobierno bonaerense estableció la simultaneidad de las elecciones primarias y generales de legisladores provinciales y cargos municipales con las de legisladores nacionales, según el Decreto 347/21.
La adhesión a la simultaneidad implica la realización de los comicios en las mismas fechas que fije el Poder Ejecutivo Nacional que, de acuerdo a la Ley sancionada por el Congreso Nacional, postergó por única vez las elecciones por la pandemia.
De esta forma, las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) se realizarán en todo el territorio provincial el 12 de septiembre y las elecciones generales el 14 de noviembre.
Por otra parte, el 24 de julio finaliza el plazo para la presentación de listas de precandidatos ante las juntas electorales partidarias (Art. 26, ley 26.571) e inicia la campaña electoral para las PASO (Art. 31, ley 26.571).
En estas elecciones, la Provincia de Buenos Aires como distrito único elegirá 35 Diputados y Diputadas Nacionales titulares y otros 35 suplentes.
En los 135 municipios se votarán Concejales y Concejalas así como Consejeras y Consejeros Escolares.
Además, en la Primera, la Cuarta, la Quinta y la Séptima Sección Electoral se elegirán Senadoras y Senadores provinciales, mientras que en la Segunda, la Tercera, la Sexta y la Sección Electoral Capital (Octava) se votarán Diputadas y Diputados Provinciales.
Infoban